¿Cómo operan los Paisajes de Conservación bajo la Ley 21.600?
El Servicio puede reconocer Paisajes de Conservación a solicitud de una o más municipalidades, ya sea que lo pidan de manera individual o en conjunto. Una vez otorgado este reconocimiento, los municipios encargados de su gestión deben elaborar un plan de manejo, que será revisado y aprobado por el Servicio, donde se definan las orientaciones para un uso y cuidado sustentable del territorio. Los Paisajes de Conservación no corresponden a una categoría oficial de área protegida en Chile, pero sí son una herramienta clave de la Ley 21.600, ya que permiten resguardar territorios con alto valor ecológico, ambiental y cultural que se encuentran fuera de las áreas protegidas tradicionales.
Los Paisajes de Conservación no son una categoría de área protegida creada por la legislación chilena, sin embargo, son un instrumento estratégico de la Ley que permite gestionar territorios de alto valor ecológico fuera de las áreas protegidas tradicionales, promoviendo la conservación de la biodiversidad en conjunto con el desarrollo sostenible de las comunidades que los habitan.
En términos generales, su implementación considera:
Delimitación territorial: se define un territorio que presenta valores ambientales, ecológicos y culturales relevantes, junto con dinámicas sociales y productivas asociadas.
Construcción de una gobernanza: se establece una instancia de coordinación donde participan actores públicos y privados, promoviendo acuerdos y trabajo colaborativo.
Elaboración de un instrumento de planificación: se desarrolla un plan o estrategia de gestión que orienta acciones de conservación, restauración y uso sostenible del territorio.
Participación de múltiples actores: municipios, servicios públicos, propietarios privados, organizaciones sociales, comunidades locales y otros actores relevantes forman parte del proceso.
De esta manera, los Paisajes de Conservación fortalecen la gestión territorial integrando conservación y desarrollo.
Instrumentos de Conservación