Código de Ética

Este instrumento orienta la conducta de quienes forman parte del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, promoviendo una cultura institucional basada en la probidad, el respeto y la integridad. Constituye una guía para fortalecer el servicio público y resguardar, con responsabilidad y compromiso, el patrimonio natural de Chile.

El Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas nace con una misión trascendental para el país: resguardar la naturaleza de Chile. Cumplir esta tarea exige una base ética sólida que oriente cada una de nuestras decisiones y acciones.

La construcción del Código de ética SBAP fue un ejercicio participativo, que incorporó espacios de diagnóstico, diálogo y reflexión sobre los dilemas éticos que enfrentamos en nuestra labor. Este proceso permitió recoger experiencias del trabajo en los territorios, especialmente de quienes desempeñan funciones en áreas protegidas, asegurando que este instrumento tenga un sentido práctico y cercano a nuestra realidad institucional.

Este Código constituye un pilar fundamental para el desarrollo de un sistema de integridad institucional, orientando nuestras decisiones y fortaleciendo la confianza de la ciudadanía en nuestro trabajo. Al mismo tiempo, busca ser una guía clara y útil para enfrentar situaciones complejas, promoviendo un ambiente laboral respetuoso, colaborativo y transparente.

Código de Ética


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PRINCIPIOS QUE ORIENTAN LA CONDUCTA

  • Probidad. Exige que las personas que ejercen funciones públicas actúen de manera intachable, con honestidad, lealtad e imparcialidad, siempre priorizando el interés general por sobre los intereses particulares.
  • Legalidad. El principio de legalidad establece que las personas que ejercen funciones públicas deben actuar siempre dentro de los límites establecidos por la Constitución, las leyes y los reglamentos.  
  • Uso correcto de la información. Las personas que cumplen una función pública tienen el deber de resguardar la información a la cual acceden en el ejercicio de sus labores, respetando su carácter público, reservado o secreto, según lo establezca la ley.
  • Resguardo de los recursos públicos. Exige administrar, custodiar y utilizar de manera eficiente los recursos materiales, fi­nancieros y el equipo de trabajo que tienen a su disposición, siempre con el fi­n de cumplir con los objetivos institucionales y el servicio público. 
  • Respeto. El ejercicio respetuoso de la función pública exige un trato digno, empático, cortés y equitativo con todas las personas, promoviendo relaciones basadas en la cordialidad y armonía. Este debe desempeñarse en la convivencia organizacional, en las relaciones con las autoridades y/o personas subordinadas, y en los distintos espacios de vinculación con la ciudadanía. 
  • Integridad. El principio de integridad exige que las personas que desempeñan funciones públicas actúen con rectitud, honestidad y coherencia en todas las circunstancias, manteniendo una conducta intachable tanto en su ejercicio profesional como en su vida social.  
  • Excelencia. La excelencia en el ejercicio de la función pública requiere cumplir las tareas asignadas con esmero, dedicación y alta calidad, actuando con profesionalismo en todo momento. Quienes desempeñan funciones públicas deben trabajar con un compromiso constante, enfocados en alcanzar los objetivos institucionales y brindar un servicio eficiente, proactivo y orientado a las necesidades de la ciudadanía.